Suman requisitos para acceder a la Asignación por Hijo

Publicado el: 5 noviembre, 2020

Mediante la publicación de un nuevo Boletín Oficial, se implementó el nuevo reglamento para el cobro de la Asignación Universal por Hijo. Entre las nuevas medidas, se eliminó el tope de cinco menores de edad dentro del grupo familiar.

El objetivo del mismo, es lograr ampliar el alcance del beneficio. Es por esto, que desde el Gobierno Nacional, buscan priorizar la atención de las familias que presentan mayor vulnerabilidad.

El Decreto 840/2020, determina que se eliminó el tope de cinco menores de edad dentro del grupo familiar para cobrar el beneficio; ese límite ya no será tenido en cuenta. Y se determinó que es necesario “que la niña/ niño/ adolescente y/o la persona con discapacidad sea argentino o argentina nativo o nativa, naturalizado o naturalizada o por opción”.

Cuando se trate de una “persona con discapacidad y sus progenitores o las personas que los tengan a cargo sean extranjeros o extranjeras, deberán acreditar que tanto la persona con discapacidad como él o la titular que percibirá la Asignación, dos años de residencia legal en el país”.

Además, se deberá “acreditar la identidad del o de la titular del beneficio y de la niña, del niño, adolescente y/o persona con discapacidad, mediante Documento Nacional de Identidad (DNI)”.

También, se especificó que se deberá “acreditar que la persona que percibirá el beneficio tiene a su cargo a la niña, al niño, adolescente y/o persona con discapacidad, en función de las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación y de conformidad con la documentación que la Administración Nacional de la Seguridad Social disponga a estos fines”.

En otro de los puntos, precisó que la “la condición de discapacidad será determinada en los términos del artículo 2º de la Ley Nº 22.431, certificada por autoridad competente”. En el nuevo reglamento vigente, se solicita que “hasta los 4 años de edad -inclusive-, deberá acreditarse el cumplimiento de los controles sanitarios y del plan de vacunación obligatorio”.

Mientras que “desde los 5 años de edad y hasta los 18 años, deberá acreditarse además la concurrencia de las niñas, los niños y adolescentes obligatoriamente a establecimientos educativos públicos”. Por último, las personas que buscan obtener este subsidio deberán “acreditar que él o la titular del beneficio y la niña, el niño, adolescente y/o persona con discapacidad residen en el país”.

Deja un comentario

(0381) 156806263
San Martín 462