Un grupo de vendedores ambulantes cortó este miércoles por la mañana el tránsito en las tres cuadras de la avenida Sáenz Peña de donde la Municipalidad capitalina desalojó sus puestos el día martes con topadoras.
Los puesteros que se ubicaban en la avenida que bordea la ex terminal de ómnibus reclaman que se los deje trabajar y pidieron audiencia con Enrique Romero, subsecretario de Tránsito y Transporte de la Municipalidad. En la zona, se instalaron agentes municipales y la Policía para cuidar que no haya disturbios.
“El espacio público debe mantener siempre esa característica, que sea para todos porque es de todos. En el momento en que alguien se adueña del espacio público éste deja de serlo”, expresó el secretario de Gobierno, Walter Berarducci. Además, recordó que “esta administración puso en marcha un plan integral de ordenamiento del espacio público y en ese marco es que se está actuando”.
Por su parte, el subsecretario de Tránsito y Transporte, Enrique Romero, quien participó del operativo, explicó que la medida “tiene la finalidad de poner en orden una situación complicada”. El funcionario agregó que, con el apoyo de la Policía y la ayuda de maquinaria, “se va a proceder a la demolición de todos aquellos locales que no justifiquen estar contemplados en este decreto del año 2006”.
Romero aclaró que “los que están realizando su actividad dentro de un marco legal, van a poder conservar sus puestos, pero no los que están en la ilegalidad”.
El decreto municipal 4552, de 2006, autorizó a la Dirección de la Policía de Tránsito y de la Vía Pública a otorgar permisos de uso precario para la instalación de módulos móviles de propiedad municipal en la avenida Sáenz Peña, en la acera Este, al 100 y al 200, y en el pasaje Domingo García, sobre ambas veredas, para lo cual debían cumplir una serie de requisitos.
La primera regla que, según establece el decreto vigente, deben cumplir los cuentapropistas que fueron reubicados en la zona del bajo es que los puestos “sean ocupados por las personas que solicitaron permiso” al municipio y que figuren en un registro que fue creado con la finalidad de regular las actividades a desplegar.
La norma prohíbe expresamente “la elaboración y comercialización de comidas, de artículos comestibles en general, verduras, hortalizas, carnes y artículos similares, como así también de animales vivos de cualquier especie”.
Según el decreto, tampoco se pueden comercializar en esos puestos “mercaderías prohibidas por leyes nacionales, provinciales o municipales, como anteojos de todo tipo, grabaciones realizadas por cualquier medio, películas, música programas informáticos sin la licencia correspondiente (como los DVD) y todas aquellas incompatibles con la tranquilidad, la moral o las buenas costumbres”.
La norma municipal también prohíbe “la colocación de muebles o bienes de cualquier tipo fuera de los módulos, la colocación o cualquier modificación de módulos no autorizados, el expendio y consumo de bebidas alcohólicas y la exhibición de mercaderías fuera de los módulos”.
Además, el decreto prohíbe terminantemente “la transferencia o cesión por cualquier título del permiso” para ocupar los puestos de venta, “la atención al público por personas distintas de las autorizadas en el permiso” y “cualquier modificación sin autorización previa de la Municipalidad de la actividad para la cual se otorgó el permiso”.
También se establece que “el mantenimiento, higiene y seguridad de los módulos y de los bienes que se encontraren en ellos queda a cargo exclusivo del ocupante autorizado, que será responsable por los daños que se ocasionen a los ocupantes, a la Municipalidad y a terceros”.
El decreto 4552 del 2006 también advierte que el incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en la norma “dará lugar, sin necesidad de intimación y/o interpelación previa, a la caducidad del permiso otorgado, procediéndose a la clausura o al inmediato desalojo del módulo”.
Otra causal de desalojo de los locales móviles es “su abandono y/o desatención sin causa que lo justifique”, lo que, de acuerdo a la normativa”, “provocará la revocación del permiso y la desocupación del mismo por la Municipalidad”.
Finalmente, el instrumento, que se encuentra en plena vigencia, aclara que “los permisionarios deberán exhibir una copia certificada de la resolución que otorga el permiso, emitida por la Dirección de Policía de Tránsito y la Vía Pública, en zona visible del módulo”.