A través de una resolución judicial se impidió a los medios hacer referencia o dar información sobre la salud del actor. La orden.
La nueva recaída de Matías Alé conmocionó al mundo del espectáculo. La noticia de su estado de salud es una constante intriga y todos los medios están al tanto de su mejoría o deterioro, en el peor de los casos.
Sin embargo, la Justicia tomó rápidamente cartas en el asunto y, a través de una resolución, prohibió a los medios dar detalles y hacer referencia a la salud del actor. Los fragmentos más contundentes de la orden judicial:
“Cuando una persona por padecer una alteración en su salud mental, no puede defenderse por si misma del contenido de los medios de prensa y ello se tornará ofensivo a su derecho de dignidad y honor, debe desde el Estado brindarse herramientas legales necesarias y precisas en los términos de los artículos 1710/1712 del código civil y comercial de la nación para evitar el agravamiento de los daños que por estas difusiones indebidas agreden el derecho a la intimidad del paciente”.
“Se asegura el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas (…) en dicho marco normativo se reconoce el derecho a preservar su identidad sus grupos de pertenencia, su genealogía y su historia y el derecho a no ser identificado ni discriminado por un padecimiento mental actual o pasado”.
En este marco, el informe, firmado por un juez, asegura que habrá sanciones a los medios que no sean condescendientes con la resolución:
“Aplicar las sanciones correspondientes por incumplimiento de la presente ley, sus reglamentaciones y sus actos administrativos, bajo control judicial pleno y oportuno, incluso cautelar”.
Fuente: ratingcero.com