Los trabajadores de Salud tendrán el bono de $5.000 durante tres meses más. El mismo, será abonado junto con los haberes correspondientes a agosto, septiembre y octubre.
La decisión, se hizo efectiva a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 787/2020. De esta manera, las autoridades nacionales continuaron con este beneficio transitorio que fue otorgado a comienzos de la pandemia del coronavirus y que inicialmente era solo para abril, mayo, junio y julio, alcanzando a más de 560 mil personas, según cifras oficiales.
El documento aclara que esta suma “es de carácter no remunerativo, alimentario y no podrá ser pasible de deducciones o retenciones, estando sujeta a las características, alcances y condiciones que se establecen en el Decreto Nº 315 del 26 de marzo de 2020 y sus normas complementarias”.
Esa norma había fijado un pago extra de 5 mil pesos “a cargo del Estado” para los “profesionales, técnicos y técnicas, auxiliares y ayudantes en relación de dependencia que presten servicios, en forma presencial y efectiva, relacionados con la salud, en instituciones asistenciales del sistema público, privado y de la seguridad social, abocados y abocadas al manejo de casos relacionados con la pandemia de COVID-19”.
Además, en ese texto se aclaró que la suma en cuestión estaría “sujeta a la efectiva prestación de servicios”, por lo que si durante el período establecido, el empleado no asistió a su lugar de trabajo, total o parcialmente, en forma justificada, la suma a abonar “se ajustará proporcionalmente” al tiempo que estuvo en actividad, “con excepción de los casos afectados por COVID-19 conforme los protocolos vigentes, que recibirán la asignación completa”. Un ejemplo de este último punto es el de los médicos que deben aislarse forzosamente por presentar síntomas luego de estar en contacto con un infectado.
Por otra parte, la norma también detalló que los profesionales de este rubro que tengan más de un trabajo por el que pudieran acceder al beneficio, el mismo será otorgado solamente por uno de sus empleos, mientras que aquellos que se desempeñen.
El pago de este beneficio se realizará “identificando a los trabajadores y trabajadoras por número de CUIL, conforme las declaraciones juradas de cada representante legal”, para esto, las instituciones de salud pública y privada de todo el país “deberán confeccionar un listado” del personal a su disposición que cumpla con las condiciones previstas en este Decreto, “indicando el monto en cada caso que les corresponde percibir”.