El Estado aprobó el cupo laboral trans

Publicado el: 4 septiembre, 2020

A través del decreto 721/2020, el Estado garantizó que el sector público deberá contar con un 1 por ciento de representación de personas trans, travestis y transgénero.

La decisión histórica, llevó la firma del Presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.

En el decreto, se establece que “en el Sector Público Nacional, los cargos de personal deberán ser ocupados en una proporción no inferior al uno por ciento de la totalidad de los mismos, por personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo”. Además, para garantizar que el cupo se cumpla, se deberá establecer reservas de puestos de trabajo o ser ocupadas exclusivamente por estas personas.

Según se precisa, la medida abarca a las personas travestis, transexuales y transgénero, hayan o no efectuado la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen. Ellas tendrán derechos a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo, sin discriminación por motivos de identidad de género o su expresión.

En el escrito, además se detalla que se crea un registro para que “en forma voluntaria”, se puedan anotar todas aquellas personas aspirantes a trabajar en el Sector Público Nacional: “En dicho Registro deberán constar los perfiles laborales de las personas inscriptas en el mismo y se pondrá a disposición de las Jurisdicciones y Entidades, las que deberán informar al Ministerio de la Mujeres, Género y Diversidad, los puestos de trabajo vacantes y las ofertas de contratación de personal disponibles”, se apunta.

La cartera a cargo de Gómez Alcorta deberá efectuar un seguimiento de la cantidad de cargos cubiertos con personas travestis, transexuales y transgénero sobre los totales de cargos de la planta permanente y transitoria y el total de los contratos existentes del Sector Público Nacional.

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