A partir del 1° de abril sólo serán válidos los DNI digitales: la tarjeta y la libreta tapa celeste. Existe una versión de tapa celeste confeccionado a mano, pero también deja de tener vigencia.
Datos a tener en cuenta
- -La norma no alcanza a los mayores de 75 años. Ellos no tienen obligación de cambiar su DNI y puede seguir usando el que tienen. De todos modos, el Registro Civil los invita a renovarlo para que no tengan problemas al realizar ningún trámite o transacción.
- -Para renovar el DNI, los mayores de edad sólo tienen que sacar turno por internet o presencialmente -según cada dependencia- en la oficina más cercana a su casa y concurrir en la fecha otorgada. En principio y a menos que el agente lo requiera, no es necesario llevar actas de nacimiento. Simplemente tiene que presentarse.
- -Sólo los menores de edad tienen que concurrir a la delegación con el acta de nacimiento actualizada.
- -El trámite puede realizarse en cualquier delegación del Registro Civil de la provincia. No es necesario concurrir a una específica. El listado completo de delegaciones puede consultarse en la web. También ahí te podés informar si el turno se saca por internet o de forma presencial, dependiendo de cada delegación.
- -En las delegaciones se toman los datos biométricos (foto, firma digital, huellas dactilares) y el DNI llega a domicilio.
- -Los nuevos documentos se entregan en el domicilio de la persona y solamente se emiten en versión tarjeta, es decir ya no habrá más libretas.