El Gobierno nacional ha establecido nuevos criterios para otorgar el Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin fecha de vencimiento, con el objetivo de mejorar la eficiencia en el proceso y actualizar la normativa vigente. Este beneficio estará disponible para personas que cumplan con ciertos requisitos específicos.
Desde enero de este año, se han comenzado a implementar cambios en el sistema de emisión de certificados de discapacidad, y ahora, con la resolución 1654 de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), se han detallado los requisitos para obtener un CUD sin vencimiento.
Requisitos para el CUD sin vencimiento:
- Renovaciones previas: Aquellas personas que hayan recibido previamente dos certificados de discapacidad y cuyo perfil de funcionamiento se haya mantenido estable a lo largo del tiempo podrán optar por un CUD sin caducidad. Se pondrá especial atención en el componente Actividad y Participación del Clasificador Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF).
- Personas mayores: Los individuos que, al momento de la evaluación, tengan más de 60 años y cuyas funciones corporales hayan permanecido constantes durante al menos cinco años.
- Necesidad de equipamiento permanente: Aquellas personas que requieran equipamiento o dispositivos de uso permanente para preservar sus funciones vitales.
Además, la normativa aclara que se podrá solicitar una actualización del CUD si se produce un cambio significativo en el perfil de funcionamiento de la persona con discapacidad, que afecte su capacidad para participar plenamente en la sociedad en igualdad de condiciones con los demás.
Para asegurar la implementación de esta medida, el Gobierno ha instruido a la Dirección de Modernización e Informática (DMEI) para que incluya la leyenda “sin vencimiento” en el Registro Nacional de Personas con Discapacidad.