Si Anses rechazó tu solicitud para el subsidio de los $10.000, podes intentarlo nuevamente hasta el miércoles 20 de mayo.
Por falta de actualización de los registros de recientes cambios en la situación laboral, Anses comunicó que todos aquellos que solicitaron el Ingreso Familiar de Emergencia y que tuvieron como respuesta “solicitud denegada” tendrán otra oportunidad para acceder al bono extraordinario de 10.000 otorgado por el Gobierno a los sectores más vulnerables para paliar la crisis economica durante la cuarentena por el coronavirus (Covid-19).
El cronograma continúa mañana y el miércoles 29 con los DNI terminados en 2; el jueves 30 de abril y el lunes 4 de mayo, los concluidos en 3; y el martes 5 y el miércoles 6 de mayo los finalizados en 4, informó Télam.
El jueves 7 y el viernes 8 de mayo, será el turno para la terminación en 5; lunes 11 y martes 12, en 6; miércoles 13 y jueves 14, en 7; viernes 15 y lunes 18, en 8; y martes 19 y miércoles 20 en 9.
Desde la Anses informaron que se revisarán automáticamente los casos de aquellas personas que perdieron su trabajo durante febrero y marzo y que no pudieron acceder a la IFE porque la declaración jurada del cese de contrato de trabajo no había sido registrado aún en la base de datos del organismo.
Paso a paso
1- Ingresar a Anses.gob.ar y hacer clic en “Atención Virtual”. Ahí deberá iniciar el reclamo de acuerdo al cronograma establecido por la terminación del DNI.
2- Ingresar el número de CUIL y la Clave de la Seguridad Social.
3- Revisar que los datos de contacto sean correctos.
4- Hacer clic sobre “Reclamar beneficio IFE no cobrado”
5- Elegir una de las opciones: trabajador o trabajadora informal; trabajador o trabajadora de casas particulares; monotributista social y monotributista A y B.
6- En el caso de que se quiera cambiar alguno de los datos personales (fecha de nacimiento o domicilio, por ejemplo) se deberá presentar foto de frente y de contrafrente del DNI.
7- Para cambiar estado civil, se debe presentar foto de frente y contrafrente de DNI, testimonio o sentencia de divorcio o inscripción marginal en partida de matrimonio o, en el caso de separación de hecho, la declaración jurada o información sumaria judicial o administrativa. O la declaración jurada de la baja de convivencia, detalló Cronista.com.
8- Adjuntar los documentos escaneados o sacarles fotografías con un teléfono. Para que la documentación sea aceptada, debe verse en forma clara, completa y no tener reflejos de otras luces.
9- Una vez adjuntados los archivos, hacer clic en “enviar”
10- A partir del 21 de mayo podrán ingresar, por terminación de DNI, quienes no haya podido completar el trámite en los días que les correspondía.