¿Cómo obtener el bono de desempleo de ANSES?

Publicado el: 17 mayo, 2021

Los problemas económicos derivados de la pandemia afectaron a varios argentinos que se quedaron sin trabajo, es por esto, que desde la Agencia Nacional de Seguridad Social (ANSES), en conjunto con el Ministerio de Trabajo de la Nación, se decidió otorgar un bono de hasta $10.000 a trabajadores y trabajadoras que fueron despedidos sin justa causa o finalizaron sus contratos.

El beneficio, será abonado entre 2 y 12 cuotas según los meses trabajados y los aportes realizados en los últimos tres años del vínculo laboral. El mismo, se trata del ingreso de entre $6.000 y $10.000.

Desde Nación aseguraron que durante la vigencia del bono los beneficiarios podrán seguir accediendo a las asignaciones sociales y a la obra social afiliada. Además, todos los meses que se cobre el bono serán computados como meses de aporte para futuras jubilaciones.

¿Quiénes pueden acceder al bono?

  • Trabajadores despedidos sin causa justa o por finalización de contrato de un vínculo en relación de dependencia.
  • Trabajadores eventuales: aquellos que trabajaron más de 90 días en el último año
  • Trabajadores permanentes: aquellos que tienen un mínimo de 6 meses con aportes durante los últimos 3 años trabajados.

¿Qué documentación se debe presentar?

–    DNI original

–    Certificado que compruebe el desempleo y copias de todos los originales.

Como comprobación de desempleo se pueden presentar carta documento, telegrama de despidos, notas del sindicato que certifiquen el fin del contrato laboral, ejemplar en el Boletín Oficial donde se haya publicado el quiebre de la empresa o sentencia autenticada por un juez.

¿Cómo inscribirse?

  • Reunir toda la documentación necesaria señalada más arriba y la constancia de la Secretaría de Gobierno de Trabajo.
  • Ingresar a la sección de Mi ANSES en la web con el CUIL y la Clave de Seguridad Social y subir la documentación.
  • Solicitar turno en ANSES para presentar los papeles de manera presencial.

El trámite se realiza de manera personal dentro de los 90 días posteriores en los que se produjo la ruptura laboral.

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