A medida que pasa el tiempo y frente a una sociedad que se ve golpeada una y otra vez por la inseguridad y los actos delictivos, entre los ciudadanos surge el debate, -ya sea por redes sociales o en una simple charla de café,- sobre la pena de muerte y el por qué no la tenemos en nuestro sistema como otros paises.
La respuesta está bajo un solido argumento que nos lleva hacia 1984, cuando durante la gestión del presidente constitucional Raúl Alfonsín, se derogó la pena de muerte mediante la ley 23.077. Se trata de una sanción inconstitucional. Su abolición es irreversible de acuerdo a la Convención Americana de los Derechos Humanos a la Constitución Nacional, en el cual nos rige el principio de abolición progresiva.
El Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Eugenio Raúl Zaffaroni, mencionó que para obtener la pena de muerte en nuestro país, es necesario “hacer una reforma constitucional”, algo que sin dudas es “muy difícil”.
Entonces, la pena de muerte en Argentina fue abolida, primero para delitos comunes en junio de 1984 (ley 23.077) y luego para todo tipo de delitos, incluidos los militares, a partir de la derogación del Código de Justicia Militar en agosto de 2008.
En el caso de las fuerzas de seguridad como ser la policía, en efecto, si bien el personal policial tiene el deber de intervenir, no se le puede exigir acciones contrarias al derecho internacional adoptado en nuestra Constitución a partir de 1994.
El enunciado de Durán Barba plantea que la mayoría de los argentinos aprueba la pena de muerte y que de esto debe derivarse una política penal más dura hacia los delincuentes.
Canaletti nos conduce hacia “las primeras décadas del siglo XX donde diversas leyes establecían la pena de muerte para delitos comunes. Se ejecutaba por fusilamiento. Pero en 1921 se sancionó el Código Penal (el mismo que todavía está vigente) que no la contemplaba. Su principal impulsor, el político conservador Rodolfo Moreno (h), era un firme abolicionista”.
“Nueve años después, el general fascista José Félix Uriburu derrocó al presidente radical Hipólito Yrigoyen, en lo que fue el primer golpe de estado en la Argentina, y decretó la muerte legal en virtud de la Ley Marcial, establecida por Bando Militar”
Entre los muchos fusilados bajo su régimen, las dos víctimas más conocidas fueron los anarquistas Severino di Giovanni y su cuñado Paulino Scarfó, que enfrentaron al pelotón de fusilamiento en el patio de la Penitenciaria Nacional de la calle Las Heras en febrero de 1931. Para decirlo claramente, desde el poder se mataba por razones políticas.
Electrocución
Aquél año 1933, cuando se conoció que Ayerza había sido asesinado, el Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de ley que establecía la pena de muerte por electrocución. ¿Cómo sería? A lo mejor se traía al país el invento estadounidense de la silla eléctrica, que fue inaugurada en Nueva York en 1890.
Las discusiones entre los legisladores argentinos fueron muy intensas. Cuando la iniciativa llegó al Senado no pudieron lograr que esa Cámara le diera media sanción. La pena de muerte por electrocución nunca se convirtió en ley. La Cámara de Diputados no le dió tratamiento.
Durante la primera presidencia de Juan Domingo Perón se estableció la pena de muerte para casos específicos como los de sabotaje, traición y sublevación. Pero no se aplicó tampoco.
Con el derrocamiento de Perón, la Revolución Libertadora recurrió a un par de decretos para imponer y reglamentar la Ley Marcial. Se fusiló en las ciudades de La Plata y Avellaneda, en la Unidad Regional de Lanús, en la Penitenciaría de la calle Las Heras y en la localidad de José León Suárez, a civiles y militares. Las razones para matar desde el Estado fueron políticas.
En junio de 1970, a causa del secuestro del ex general Pedro Eugenio Aramburu por la organización guerrillera Montoneros, el entonces dictador Juan Carlos Onganía restableció la pena capital “si con motivo u ocasión del hecho resultare la muerte o lesiones gravísimas de alguna persona”. Y en 1971 otro opresor, Roberto Marcelo Levingston, impulsó su aplicación para quien matare a un juez o a un fiscal.
Pero en diciembre de 1972 el dictador Alejandro Agustín Lanusse derogó todas las disposiciones del Código Penal y leyes penales complementarias que la establecían. Pasaron pocos años hasta que la dictadura de 1976 a 1983 modificara otra vez el golpeado Código Penal, mediante la ley 21.338, y volviera a incorporar la muerte estatal por fusilamiento, pues cada vez que se estaleció en el siglo XX, la muerte “legal” en la Argentina fue a balazos.
En noviembre de 1978 Néstor Alberto Evaristo tenía 10 años. Vivía en San Fernando con su mamá, Elena Beatriz. El papá de Néstor había muerto de un infarto cuando el chico tenía cinco años. Elena se levantaba a las 5 para ir a trabajar como empleada de un hospital y el nene tenía su despertador y se las arreglaba solo para ir al colegio. Pero un día no volvió a casa. Al salir de la escuela, tres cirujas lo atraparon y lo tuvieron cautivo en una casilla de Beccar. Lo violaron y asesinaron.
En abril de 1981 el entonces juez penal de San Isidro Antonio Merguin condenó a esos tres crotos a la pena de muerte por fusilamiento. Merguin dijo: “No creo que haya nunca un acuerdo entre los que están en contra y a favor de la pena de muerte. La ley esta vigente… encontramos una situación concreta en la que la pena esta en proporción al daño causado.”
Acaso se trate de una pieza de colección esta sentencia de primera instancia firmada por un juez civil argentino de la era moderna. Pero además de una pieza de colección es una pieza de contradicción apenas se la ubica en lugar y época. Mientras el juez Merguin firmaba la sentencia de muerte, miles de ciudadanos eran torturados y asesinados por la dictadura sin pasar por el sistema penal que el propio régimen había reformado.
El caso de los cirujas que mataron al nene Evaristo se resolvió finalmente en la Cámara de Apelaciones en lo Criminal de La Plata, que revocó la sentencia de Merguin y les aplicó reclusión perpetua.
De Alfonsín a Menem
La pena de muerte se derogó durante la gestión del presidente constitucional Raúl Alfonsín. Una abolición que es irreversible de acuerdo a la Convención Americana de Derechos Humanos. Sin embargo, la campaña presidencial de Carlos Menem comenzó a sobrevolar la posibilidad de su restauración.
“Se hablaba de aplicarla a narcotraficantes y a los autores de violaciones de chicos seguidas de muerte. Y otra vez un caso de secuestro arrimó la pena máxima al Congreso de la Nación. Fue el caso de Guillermo Ibañez, hijo del sindicalista Diego Ibáñez. El 6 de julio de 1990 fue capturado en Mar del Plata por un grupo integrado, entre otros, por Juan Carlos Molina, concuñado de su padre.
“No puede ser. Me están mintiendo. Les dí de comer a él y a su familia”, reaccionó Diego Ibañez cuando se enteró de la intervención de Molina. Guillermo fue golpeado en la cabeza, enterrado vivo en un pozo cavado en un descampado. Poco después los secuestradores fueron detenidos. El presidente Menem, muy cercano a Ibañez, se manifestó partidario de la pena de muerte y decidió enviar un proyecto de ley en ese sentido al Congreso. Pero la iniciativa fue firmemente rechazada por la mayoría de los partidos políticos. Menem se vio obligado a retirarla.
La Corte estadounidense
En los Estados Unidos fue declarada inconstitucional en 1972. Uno de los jueces de entonces, Douglas, destacó dos cosas prácticas: una, que su aplicación es para algunos; dos, que por eso era genocida.
Dijo que hay que rechazarla igual que hay que rechazar una ley que prescribiera que no habrá pena de muerte para los ciudadanos que ganasen por año una cifra superior a los 50.000 dólares, pues en la práctica reserva la pena de muerte para los negros, los que no han superado el quinto año de escolaridad, los que no ganan más de 3.000 dólares por año o los que son relegados sociales y mentalmente retrasados.
Cuando esa Corte tuvo mayoría de jueces nombrados por el presidente Richard Nixon, la pena de muerte fue restablecida. Eso fue en junio de 1976, mismo mes y año en que la ley 21.338 del régimen totalitario argentino implantó la pena capital en el país.
EN EL MUNDO
A día de hoy, más de 50 países es legal la pena de muerte, incluyendo a Estados Unidos, donde la práctica es legal en 28 estados, pero en tres de ellos (California, Oregon y Pensilvania) los gobernadores decretaron moratorias para las ejecuciones.
La ONG dijo en su reporte que a pesar de que el año pasado ningún país abolió la pena de muerte, «el deseo de mantener esta pena disminuye entre los países que aún no la han abolido».
Investigación periodistica
Licenciada Ana Cecilia Córdoba