El interno “castigó” a la víctima, de 32 años, que había sido condenado por prostitución de menores y de discapacitados y por violencia machista. En total, el agresor le dio 29 puñaladas a la víctima en cuello, pecho, tórax, abdomen y cabeza.
El caso sucedió en Barcelona, España. Según la declaración de tres funcionarios que estaban en el patio del módulo 3, donde ocurrieron los hechos, el agresor se acercó por la espalda a su víctima y lo apuñaló de una forma “extremadamente violenta”.
Cuando los funcionarios se acercaron para poner orden, y mientras la víctima estaba en el suelo, el preso les gritó: “No se acerquen, esto no va con vosotros (…) Este es un proxeneta, un violador de niños, tranquilos que ya está muerto”.
Las declaraciones forman parte de la investigación abierta por un juzgado de Granollers para aclarar los hechos. El auto constata que el móvil del agresor -que cumplía una larga condena por asesinato- era castigar a la víctima, cuyos delitos consideraba “reprobables”.
El Juzgado de Instrucción 4 de Martorell acordó la prisión provisional para el interno L. G. S., de 37 años, que mató a Z. A. M.
El juez acordó esta medida para evitar que el hombre pueda salir en libertad o con algún permiso para las anteriores condenas de asesinato y robos con violencia que está cumpliendo. En total, el agresor le dio 29 puñaladas a la víctima en cuello, pecho, tórax, abdomen y cabeza.
La víctima, Z. A. M, de 32 años y de nacionalidad rumana, estaba condenada por prostitución de menores y de personas con incapacidad y por violencia machista.
El suceso fue grabado por las cámaras de seguridad del centro, que demostrarían que entre víctima y agresor no hubo ninguna pelea previa y que el asesinato fue planificado. El asesino salió coreado del patio donde cometió el crimen. En el módulo donde sucedió el crimen cumplen condena los presos con delitos más graves y conductas más agresivas.
El agresor se enfrenta ahora a penas de entre 15 y 25 años de prisión que se añadirían a las que ya cumple y que quedan cumplidas en el año 2050. El juez sostiene que existen indicios de que el auto del apuñalamiento cometió un asesinato con alevosía y ensañamiento.
El magistrado concreta que incluye en el video grabado por las cámaras de seguridad del centro se aprecia como la pierna de la víctima aún se movía estando en el suelo, lo que permite sostener que hubo ensañamiento y, de esta manera, descartar que la muerte fue consecuencia de la primera puñalada. Tampoco consta que hubiera una provocación previa por parte del preso asesinado, ni que L. G. S. tuviera sus facultades mentales mermadas por ningún tipo de sustancia o enfermedad. /Clarín