“El alto nivel de circulación interjuridisccional de la población tucumana está dado por la corta distancia que separa los centros urbanos de las distintas jurisdicciones que la conforman, sumada a la densidad poblacional y a la concentración de actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, en puntos específicos de su territorio”, reza la resolución 108 del COE que da los motivos de tales restricciones.
Es precisamente por esto que, se tornó necesaria la limitación de la circulación entre los distintos conglomerados urbanos, fuera de aquellos horarios en que se llevan a cabo la mayor parte de las actividades habilitadas que implican el traslado.
El ministro del Interior confirmó que el nuevo decreto rige a partir de mañana sabado 10 y que ” no se tocan ninguna de las actividades como se venían desarrollando, lo que se restringe es la circulación interjurisdiccional entre municipio a fin de bajar la circulación, que es como se contagia la gente”.
Todos los ciudadanos que integren los grupos de esenciales deberán sacar un nuevo permiso, debido a que pierden vigencia los anteriores. En tanto que para los trabajadores que terminan su horario laboral fuera de los horarios establecidos en la limitación, Acevedo comentó que el COE les brindará una autorización especial para poder circular.
El pedido de la restricción de horarios había sido elevado desde la cartera de Salud al considerarla una medida necesaria en el marco de la situación epidemiológica de Tucumán. “Nosotros lo que decimos es lo que necesitamos, y se trata del consenso de los intendentes, de las Cámaras y de la población”, expuso a la prensa el Secretario Ejecutivo Médico del Siprosa, Luis Medina Ruiz.
NUEVAS MEDIDAS
- Las autoridades de los Municipios y Comunas Rurales de la Provincia deberán tomar las medidas necesarias para restringir la circulación interjurisdiccional y deberán incluir:
– Limitar en un 50% la cantidad de accesos a la jurisdicción
-Controles en los accesos habilitados
-Restricción del ingreso en el horario comprendido entre horas 18 y 23.30 de lunes a viernes, y entre horas 15 y 23.30 los fines de semana y feriados, para aquellas personas que no cuenten con su correspondiente Permiso Único de Circulación Interjurisdiccional.
- Utilización de un Permiso Único de Circulación Interjurisdiccional.
- La limitación no alcanzará a la circulación que sea estricta consecuencia del traslado hacia y desde el lugar donde deban realizarse actividades autorizadas, ni a circulación de trabajadores esenciales o en los casos de emergencias médicas y humanitarias debidamente justificadas.
- Las autoridades de las distintas jurisdicciones deberán disponer a los infractores las sanciones que dentro de sus respectivas competencias estimen necesarias y proporcionadas.
En este sentido, el secretario de Seguridad explicó que “los controles que se van a implementar desde la Jefatura de Policía con la colaboración de todos los municipios y comunas se realizarán en las rutas y en cada uno de los ingresos, en pos de poder restringir la circulación interjurisdiccional”.
Horario de Cementerios:
-De 7 a 19 horas podrán retornar a su horario
-Cada municipio puede establecer un cambio en caso de considerarlo necesario