Con el fin de contener la curva de contagios de coronavirus en Tucumán, el Comité Operativo de Emergencia decidió extender las restricciones impuesta hasta el próximo 11 de octubre.
Entre las prohibiciones, se dispuso que continúen suspendidas las celebraciones de culto en toda la provincia. A esto se suma la suspensión de cualquier tipo de ferias, la celebración de velatorios y visitas a cementerios.
En el ámbito deportivo, no pueden funcionar, por el momento, los natatorios públicos y privados; sigue suspendida la práctica de deportes de contacto físico en cualquier establecimiento deportivo (clubes, complejos y predios polideportivos), públicos y privados. Por último, la resolución N°103 remarca que no pueden realizarse salidas recreativas a parques, plazas y cualquier otro lugar de concurrencia masiva.
Por otro lado, el COE recordó que solo los trabajadores considerados esenciales en función vigente, pueden circular durante las 23.30 y 7 horas, en toda la provincia. Para ello, deben justificar que la actividad sea cumplida dentro de esa franja horaria, como así también se permiten los casos de urgencias debidamente justificados.
Además, el organismo recordó la Resolución N° 105, la cual dispone los requisitos para ingresar a territorio tucumano. Estos son los requisitos:
- a) Generar solicitud de autorización de ingreso en el portal web coe.gov.ar (INGRESO POR FUERZA MAYOR).
- b) Las autorizaciones serán aprobadas en función de la disponibilidad de ocupación en los respectivos centros de aislamiento.
- c) Una vez aprobada la solicitud por la autoridad competente se remitirá el certificado autorizante a la casilla de correo informada en el formulario de solicitud.
- d) El certificado emitido tendrá una validez de 10 días de vigencia desde su emisión.
- e) Deberá acompañar análisis de PCR COVID-19 no detectable efectuado dentro de las 72 horas anteriores al cruce de fronteras y documentado en SISA.
Al momento de ingresar al territorio Provincial, deberá dar cumplimiento con el protocolo que se adjunta como Anexo a la Resolución, haciendo click aquí.