IFE: ¿Cuándo se abonará la segunda ronda?

Publicado el: 17 mayo, 2020

“Estamos terminando de trabajar en una propuesta para pagar por segunda vez el IFE, con cronograma que sea seguro; vamos por la mitad del primer pago que ya cobraron 4.733.000 personas, nos falta mucho más”, apuntó Raverta en diálogo con Télam.

Al respecto, dijo que “el universo de personas que lo puede recibir ya está definido” y que “cuando terminemos esta primera vuelta, que será a fin de mes, vamos a poder presentar nuestro nuevo cronograma de pagos para la segunda vuelta”.

Desde Anses explicaron que aún no está definido si dicho refuerzo será entregado a la totalidad de personas que recibieron el bono en abril, pero los solicitantes rechazados podrán realizar el reclamo para actualizar datos.

Para saber si cobras el bono del IFE, podés ingresar a: https://servicioscorp.anses.gob.ar/ifePrecarga

Si no cobraste el bono de abril, y tu solicitud fue rechazada, podés hacer el reclamo desde la Atención Virtual de Anses, en la página:  https://www.anses.gob.ar/informacion/nuevo-sistema-de-atencion-virtual

Desde este sitio  podrás realizar:

  • Actualizar datos personales para Ingreso Familiar de Emergencia.
  • Solicitar la rehabilitación del cobro de una jubilación o pensión.
  • Reclamar un haber no cobrado de una jubilación o pensión.
  • Iniciar el trámite de la Asignación por Maternidad / Maternidad Down.

Actualización de datos para Ingreso Familiar de Emergencia

A través de este canal podés realizar la actualización de datos personales para acceder al Ingreso Familiar de Emergencia, en los casos que las solicitudes fueron denegadas en relación a los datos que ANSES tiene registrados. Para ello, deberás presentar documentación para acreditar:

  1. Datos personales. Necesitarás enviar una foto de tu DNI (frente y dorso).
  2. Cambios en tus vínculos familiares. En caso de separación de hecho o fin de convivencia, deberás enviar una Declaración Jurada de fin convivencia realizada por un juzgado, o bien completar el formulario Declaración Jurada – Fin de convivencia. Si realizaste el divorcio, también deberás adjuntar la foto del mismo.
  3. La declaración jurada de fin de convivencia de ANSES puede ser escrita a mano (de puño y letra) en caso de no contar con una impresora. En todos los casos, las imágenes, textos y firmas deben ser claramente legibles.

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