La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) notificó sobre el plazo para la recategorización de los monotributistas, así como también los nuevos montos de facturación para cada categoría y cuánto deberán pagar los contribuyentes.
La recategorización debe realizarse “sólo si en los últimos 12 meses se registraron cambios en e desarrollo de la actividad, como por ejemplo, aumento o disminución de los ingresos, de los gastos de electricidad o alquiler”.
Por el contrario, si no se registraron cambios en ninguno de los aspectos del desarrollo de la actividad, no se deberá hacer ningún trámite y se da por entendido que corresponde seguir en la misma categoría.
Los montos y cuotas mensuales por categoría son los siguientes:
Categoría A: ingresos brutos de $208.739,25 al año, paga monotributo de $1.955,68.
Categoría B: ingresos brutos de $ 313.108,87 al año, paga $2.186,80.
Categoría C: ingresos brutos de $ 417.478,51 al año, $2.499,91 -Categoría D: ingresos brutos de $ 626.217,78 al año, $2.947,94. –
Categoría E: ingresos brutos de $ 834.957,00 al año, $3.872,18
Categoría F: ingresos brutos de $ 1.043.696,27 al año, $4.634,89 -Categoría G: ingresos brutos de $ 1.252.435,53 al año, $5.406,16.
Categoría H: ingresos brutos de $ 1.739.493,79 al año, paga monotributo de $9.451,93.
Categoría I: ingresos brutos de $ 2.043.905,21 al año, $11.336,71.
Categoría J: ingresos brutos de $ 2.348.316,62 al año, $13.019,83.
Categoría K: ingresos brutos de $ 2.609.240,69 al año, $14.716,41.