El abogado querellante, Emilio Mrad, explicó que luego de conocidos los argumentos, analizarán si es que interponen un recurso de casación por la absolución de Roberto Gómez. El letrado también aseguró que estudiarán si solicitan el agravamiento de las penas de los condenados.
“El miércoles 13 de marzo, a las 12.30, van a hacer la lectura del fallo”, anticipó Emilio Mrad, abogado de la familia Lebbos.
El letrado dijo que esperan conocer los fundamentos para apelar, en primera instancia, la absolución de Roberto Luis Gómez, el único acusado de homicidio, y luego analizar la sentencia aplicada a cada uno de los imputados.
El fallo unánime de los jueces Ibáñez, Carlos Caramuti y Rafael Macoritto dio por comprobado el encubrimiento del crimen de Paulina Lebbos, ocurrido el 26 de febrero de 2006, hace 13 años. Los magistrados de la Sala III consideraron que los funcionarios realizaron maniobras para entorpecer la investigación del homicidio de la joven, delito agravado por formar parte justamente de la cúpula policial e integrar el gabinete del Ministerio de Seguridad provincial, en el caso de Di Lella.
Los jueces condenaron al ex secretario de Seguridad y a Sánchez, ex jefe de la Policía, a seis años de prisión por obstaculizar el desarrollo de la causa, en concurso ideal con la falsificación ideológica de instrumento público. Además, dispuso la inhabilitación por 10 años para ejercer cualquier función en la administración estatal para ambos culpables.
Barrera, ex subjefe de la fuerza de seguridad, fue penado con cinco años y seis meses prisión por las mismas figuras y la inhabilitación por nueve años para desempañar un puesto estatal. Mientras que el ex jefe de la Unidad Regional Norte (URN) fue condenado a cinco años prisión y la imposibilidad de realizar funciones en la estructura del Estado provincial.
Waldino Rodríguez, el otro policía acusado, ha sido considerado partícipe secundario del delito de falsificación de documento público, por lo que la Sala III dispuso la pena de tres años de prisión de ejecución condicional. Los jueces impusieron que este condenado realice tareas comunitarias: debe fijar residencia en la provincia; realizar tareas durante 10 horas semanales en un establecimiento dedicado al bien público, que será determinado por el Juez de Ejecución de Sentencia, entre otras condiciones. A su vez, fue absuelto de las figuras de falso testimonio, coacción agravada contra los hermanos Goitea, los baqueanos que habían hallado el cuerpo de la estudiante el 11 de marzo de 2006.
Sin embargo, el crimen de Paulina no tuvo un culpable, ya que el Tribunal absolvió a Gómez de culpa y cargo como autor o partícipe secundario del delito de privación ilegítima de la libertad seguida de muerte. Pese a esta decisión, el electricista de la comuna de San Andrés será investigado por posible encubrimiento por los hechos ocurridos con relación al homicidio de la estudiante universitaria.