A partir de agosto, los bancos y billeteras virtuales deberán reportar a la AFIP todas las operaciones bancarias y consumos que superen ciertos montos. Las nuevas medidas obligan a los bancos a informar cuando se realicen depósitos, extracciones o se mantengan saldos que excedan los $700.000 mensuales, y también cuando los consumos con tarjeta de crédito o débito superen los $400.000 mensuales. Según Jorge Alarcón, experto en temas fiscales, esta normativa no implica retenciones o cobros automáticos, sino que busca reducir la informalidad obteniendo más información sobre transacciones importantes.
Alarcón aclaró que la gente podrá seguir operando normalmente, pero aquellos que no estén registrados podrían ser requeridos para justificar el origen de sus fondos. Los montos establecidos, anteriormente fijados en $200.000, serán actualizados cada seis meses de acuerdo con el índice de precios al consumidor (IPC), con la próxima actualización prevista para diciembre.
Además, el mínimo no imponible del impuesto a las ganancias ha sido actualizado. Para los trabajadores solteros, el nuevo piso será de $1.950.000, mientras que para los trabajadores casados se elevará a $2.500.000, lo que brindará un alivio fiscal a los empleados en relación de dependencia.