Feriado largo: bajará la frecuencia de los colectivos

Publicado el: 5 diciembre, 2022

Este jueves 8 de diciembre, feriado nacional por el “Día de la Inmaculada Concepción de la Virgen María”, y el viernes 9 (feriado puente con fines turísticos) los servicios de la Municipalidad de San Miguel de Tucumán se brindarán de la siguiente manera:

Este jueves y el viernes circularán con la frecuencia de los domingos.

Residuos

El servicio funcionará de manera reducida, por lo que se solicita a los vecinos sacar la basura recién el próximo sábado, cuando se volverá a prestar con normalidad.

Salud Municipal

Este jueves y el viernes la guardia de emergencias médicas y de enfermería atenderá en el CAC Nº 2, ubicado en Marina Alfaro 1.449. La guardia odontológica, en tanto, se ofrecerá en avenida Brígido Terán 250.

Mercado Dorrego

Este jueves permanecerá cerrado, mientras que el viernes 9 el mercado abrirá sus puertas al mediodía, de 9 a 15.

Cementerios

Los días jueves, viernes, sábado y domingo, el cementerio del Oeste abrirá sus puertas de 8 a 18, mientras que los cementerios del Norte y Jardín, recibirán visitas de 8 a 12 y de 15 a 18. En el mismo horario también se atenderán gestiones por inhumaciones.

Quiénes gozarán del fin de semana largo

Los próximos feriados de 2022 en la Argentina serán el 8 y 9 de diciembre, en el marco de la fecha en que conmemora el Día de la Inmaculada Concepción de María, del 8 de diciembre.

Asimismo, el mencionado receso será el último fin de semana XL de cuatro días (8, 9, 10 y 11 de diciembre) que dará un poco de aire a las agitadas agendas antes de las Fiestas y que muchos aprovecharán para viajar a la Costa o a alguno de los destinos turísticos del país.

Tanto el 8 como el 9 son considerados feriados por el Gobierno Nacional: el primero, inamovible, y el segundo, con fines turísticos. De esta manera, la gran mayoría de los trabajadores podrán descansar, viajar o recrearse durante el fin de semana extra largo, ya que no son días “no laborales”, en los cuales la licencia queda determinada por el empleador.

Por otro lado, en caso de trabajar un día feriado, el trabajador deberá cobrar una jornada doble, de acuerdo a lo establecido en la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo.

 

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